Resumen del Artículo Disposición final cuarta

Artículo Disposición final cuarta del Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés. (codigo)Disposición final cuarta. Entrada en vigor. Esta Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

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Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

Esta Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Norma publicada: 10 de marzo de 1999

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final cuarta

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